Desescalada en el sector del transporte
Os presentamos las medidas que se llevarán a cabo por parte de la Comisión Europea, la cual ha recibido numerosas críticas a lo largo de esta situación de crisis por pandemia. Críticas por no dar respuesta a preguntas que favorecían al sector del transporte, el cual ha seguido en actividad durante la pandemia.
Finalmente la Comisión Europea ha adoptado un Paquete de Medidas para garantizar la viabilidad y el futuro del transporte en la situación actual de desescalada de la crisis y asegurar una coordinación de normas esenciales aplicables de modo armonizado en toda la UE.
Todas estas medidas se tramitarán con la forma de Reglamento Comunitario, por lo que una vez sea tramitado por vía de urgencia, por el Consejo y el Parlamento europeo, será inmediatamente adoptado por los Estados miembros y resultando directamente aplicable.
- TARJETA CAP
Se establece que aquellos certificados de cualificación de los conductores, como las tarjetas CAP, cuya validez expire entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020, prorrogarán su validez por un periodo de seis meses. Se garantiza así la validez de estos certificados para garantizar la continuidad del transporte por carretera.
- PERMISOS DE CONDUCIR
Se establece que aquellos permisos de conducir cuya validez expira entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020, tendrán prorrogada su validez por un periodo de seis meses.
- EL TACÓGRAFO
Se permitirá que los Estados miembros puedan autorizar por un periodo limitado, la circulación de vehículos equipados con tacógrafo cuya inspección no haya podido llevarse a cabo en su debido momento debido al cierre de talleres y establecimientos por causa de la emergencia sanitaria.
Por otra parte, los conductores con la tarjeta de tacógrafo caducada, deteriorada o que la hayan perdido o se la hayan robado, podrán seguir conduciendo. En estos casos, tendrán que usar el procedimiento que establece la normativa: imprimir un ticket del tacógrafo al iniciar la jornada y otro al finalizar, y rellenar ambos con sus datos y firma.
- INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS (ITV)
Se establece que aquellas ITV que deban realizarse entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de agosto de 2020, podrán efectuarse en un momento posterior, pero con un máximo de seis meses después de la fecha de su vencimiento, garantizándose de este modo, la validez de estos documentos.
- CERTIFICADO DE CONDUCTOR DE TERCEROS PAÍSES PARA EL TRANSPORTE INTERNACIONAL MERCANCÍAS
Se establecerán criterios para que los estados miembros adopten las medidas necesarias para garantizar la validez de estos certificados (aun cuando su vigencia hubiera expirado) durante un periodo de tiempo limitado.
- CAPACIDAD ECONÓMICA DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE
En el caso de que haya empresas de transporte que no cumplan el requisito de capacidad financiera como consecuencia de la actual falta de actividad y de ingresos, en vez de los seis meses que fija el Reglamento comunitario para demostrar que se cumple el requisito de capacidad económica (o financiera), debe ampliarse a doce meses este periodo, para las evaluaciones realizadas y las decisiones tomadas desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
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